Exención IVA/IGIC compañías aéreas en la facturación de las tasas por los servicios de navegación aérea
ENAIRE ha llevado a cabo un proceso conjunto con la DGAC y AESA para normalizar y dar soporte a la aplicación de la exención de los impuestos indirectos (IVA/IGIC) por los servicios de navegación aérea prestados a las aerolíneas, cuando se cumplan los requisitos marcados en la ley.
Con el fin de que las compañías puedan conocer y ejercer su derecho fiscal mediante la presentación de la “Declaración responsable”, ponemos a disposición de aquellos que lo necesiten, las declaraciones habilitadas para cada caso, al final de esta página.
El proceso se formalizara mediante el envío de Declaración responsable (ver modelos oficiales), enviando un correo a declaracionexencionindirectos@enaire.es.
En base a la normativa que es de aplicación, a efectos de facturación de los servicios de navegación aérea, las compañías aéreas podrán presentar su declaración de exención de impuestos indirectos hasta el 11 de enero de 2024.